CP

Artículo 348. Motín

Se sanciona el motín, que implica el uso de violencia para exigir acciones de la autoridad. Este artículo busca prevenir el desorden y la violencia en la sociedad.

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Texto Legal

Motín El que, en forma tumultuaria, empleando violencia contra las personas o fuerza en las cosas, se atribuye los derechos del pueblo y peticiona en nombre de éste para exigir de la autoridad la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de seis años. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El motín puede resultar en sanciones penales y desestabilizar la paz social, afectando la percepción de seguridad en la comunidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 348 del CP?

Se sanciona el motín, que implica el uso de violencia para exigir acciones de la autoridad. Este artículo busca prevenir el desorden y la violencia en la sociedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 348 de la CP?

El motín puede resultar en sanciones penales y desestabilizar la paz social, afectando la percepción de seguridad en la comunidad.

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