Se sanciona la práctica de actos violentos destinados a alterar la organización política de un Estado extranjero. Este artículo busca prevenir la injerencia en asuntos de otros países.
Conjuración contra un Estado extranjero El que, en territorio de la República, practica actos destinados a alterar por la violencia la organización política de un Estado extranjero, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cinco años. Si el agente obra por lucro o por cualquier móvil innoble, la pena será no menor de cinco ni mayor de diez años.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las consecuencias de este delito pueden incluir penas severas y deterioro de las relaciones bilaterales, afectando la estabilidad regional.
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