Se establece pena para quienes induzcan a otros al consumo indebido de drogas, con sanciones que varían según la intención y la vulnerabilidad de la víctima.
A.- Inhabilitación La inhabilitación principal será de cinco a veinte años cuando se trate de los artículos 296; 296-A, primer, segundo y cuarto párrafos; 296B y 297 del Código Penal. En estos casos será perpetua cuando ocurra cualquiera de los siguientes supuestos: 1. El agente actúe como integrante de una organización criminal, como persona vinculada o actúe por encargo de ella. 2. El valor del dinero, bienes, efectos o ganancias involucrados supere las quinientas unidades impositivas tributarias. Artículo incorporado por la Ley 31178 , publicada el 28 de abril de 2021 (link: bit.ly/44T2tBs ).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si su empresa está involucrada en la educación o la salud, debe ser cuidadosa en la promoción de productos para evitar cualquier percepción de inducción al consumo de drogas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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