Sanciona los hechos de peligro ocasionados por culpa, con penas de hasta dos años. Se busca responsabilizar a quienes actúan de manera negligente.
Forma culposa El que, por culpa, ocasiona alguno de los hechos de peligro previstos en los artículos 280 y 281 será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La negligencia en la operación de servicios puede resultar en sanciones, lo que implica que es fundamental mantener altos estándares de seguridad en todas las actividades.
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