Este articulo sanciona el acaparamiento de bienes esenciales, con penas de cuatro a seis años. La ley busca prevenir la alteracion de precios y proteger a los consumidores.
Acaparamiento El que provoca escasez o desabastecimiento de bienes y servicios esenciales para la vida y la salud de las personas, mediante la sustracción o acaparamiento, con la finalidad de alterar los precios habituales en su beneficio, y con perjuicio de los consumidores, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa. Artículo derogado por el DL 1034 , publicado el 25 de junio de 2008 (link: bit.ly/3rNvJuO ); y después incorporado por la Ley 31040 , publicada el 29 de agosto de 2020 (link: bit.ly/3rMtmsb ).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El acaparamiento de bienes puede llevar a sanciones severas y dañar la reputacion de su negocio, por lo que es fundamental actuar con responsabilidad en la gestion de inventarios.
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