CP

Artículo 182. Artículo derogado

Este articulo fue derogado y ya no tiene validez legal. Su contenido fue reemplazado por otras disposiciones legales.

derogadoleyvalidez

Texto Legal

[ Derogado ] Artículo modificado por la Ley 28251 , publicada el 8 de junio de 2004 (link: lpd.pe/px7Q8 ). Luego este artículo fue derogado por la Ley 28950 , publicada el 16 de enero de 2007 (link: bit.ly/3Kqhumg ).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La derogación de este articulo significa que ya no se puede invocar en procesos legales, lo que puede afectar casos previos que se basaban en su contenido.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 182 del CP?

Este articulo fue derogado y ya no tiene validez legal. Su contenido fue reemplazado por otras disposiciones legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 182 de la CP?

La derogación de este articulo significa que ya no se puede invocar en procesos legales, lo que puede afectar casos previos que se basaban en su contenido.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 182 del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 182 CP desde tu celular