El articulo penaliza a quienes dirigen o gestionan la prostitución de otra persona, con penas que aumentan en situaciones específicas de vulnerabilidad de la víctima.
B.- Formas agravadas En los casos de los delitos previstos en los artículos 179, 181 y 181-A, cuando el agente sea el padre o la madre, el tutor o curador, en la sentencia se impondrá, además de la pena privativa de libertad que corresponda, la pena accesoria de inhabilitación a que se refiere el numeral 5) del artículo 36. Artículo incorporado por la Ley 29194 , publicada el 25 de enero de 2008 (link: bit.ly/3qf3SDq ).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El proxenetismo conlleva penas severas, especialmente si se involucra a personas en situaciones vulnerables. Esto puede resultar en consecuencias legales graves para quienes operan en este ámbito.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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