Los funcionarios que celebren matrimonios sin observar las formalidades legales pueden ser sancionados con hasta tres años de prisión. Este artículo refuerza la importancia de seguir los procedimientos establecidos para la celebración de matrimonios.
Inobservancia de formalidades legales El funcionario público, párroco u ordinario que procede a la celebración del matrimonio sin observar las formalidades exigidas por la ley, aunque el matrimonio no sea anulado, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años e inhabilitación de uno a dos años, conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 3. CAPÍTULO II: DELITOS CONTRA EL ESTADO CIVIL
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No cumplir con las formalidades legales al celebrar un matrimonio puede resultar en penas de prisión para los funcionarios, lo que puede afectar su reputación y carrera. Es crucial seguir los pasos legales para evitar problemas legales.
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