CP

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

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Texto Legal

B.- Formas agravadas de la Trata de Personas La pena será no menor de doce ni mayor de veinte años de pena privativa de libertad e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2, 3,4 y 5, del Código Penal, cuando: 1. El agente comete el hecho abusando del ejercicio de la función pública. 2. El agente es promotor, integrante o representante de una organización social, tutelar o empresarial, que aprovecha esta condición y actividades para perpetrar este delito. 3. Existe pluralidad de victimas. 4. La víctima tiene entre catorce y menos de dieciocho años de edad o es incapaz. 5. El agente es cónyuge, conviviente, adoptante, tutor, curador, pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o tiene a la víctima a su cuidado por cualquier motivo o habitan en el mismo hogar. 6. El hecho es cometido por dos o más personas. 7. La victima se encuentra en estado de gestación. La pena será privativa de libertad no menor de 25 años, cuando: 1. Se produzca la muerte, lesión grave o se ponga en inminente peligro la vida y la seguridad de la victime 2. La victima es menor de catorce años de edad o padece, temporal o permanentemente, de alguna discapacidad física o mental. 3. El agente es parte de una organización criminal. Reubicado desde el artículo 153-A mediante la Ley 31146 , publicada el 30 de marzo de 2021 (link: bit.ly/3KzJV1e ). Este artículo originalmente fue incorporado por la Ley 26309 , publicada el 20 de mayo de 1994 (link: bit.ly/3QmsJQj ); y luego modificado por la Ley 28950 , publicada el 16 de enero de 2007 (link: bit.ly/3Kqhumg ). Ver jurisprudencia aquí . CAPÍTULO II: EXPLOTACIÓN

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La previsibilidad del daño puede aumentar las penas, lo que significa que los responsables deben ser proactivos en evitar situaciones de riesgo para no enfrentar sanciones más severas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 129 del CP?

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 129 de la CP?

La previsibilidad del daño puede aumentar las penas, lo que significa que los responsables deben ser proactivos en evitar situaciones de riesgo para no enfrentar sanciones más severas.

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