El juez puede no decretar el decomiso si el valor de los bienes no guarda proporcion con la infraccion penal. Esto permite un enfoque equilibrado.
Proporcionalidad Cuando los efectos o instrumentos referidos en el artículo 102°, no sean de ilícito comercio y su valor no guarde proporción con la naturaleza y gravedad de la infracción penal podrá el Juez no decretar el decomiso o, cuando sea posible, decretarlo sólo parcialmente. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esto puede ser una oportunidad para argumentar en defensa de los bienes, evitando sanciones excesivas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo