La Policia ministerial militar puede inspeccionar a un militar y sus posesiones en flagrancia o cuando hay indicios de ocultamiento de instrumentos o productos delictivos. Requiere autorizacion judicial para exposicion de partes intimas.
Inspección de personas En la investigación de los delitos, la Policía ministerial militar podrá realizar la inspección sobre un militar y sus posesiones en caso de flagrancia, o cuando existan indicios de que oculta entre sus ropas o que lleva adheridos a su cuerpo instrumentos, objetos o productos relacionados con el hecho considerado como delito que se investiga. La revisión consistirá en una exploración externa de la persona y sus posesiones. Cualquier inspección que implique una exposición de partes íntimas del cuerpo requerirá autorización del Juez de control. Antes de cualquier inspección, la Policía ministerial militar deberá informar a la persona del motivo de dicha revisión, respetando en todo momento su dignidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La inspeccion de personas es altamente invasiva y requiere protecciones especiales. Cualquier inspeccion sin informacion previa de motivos o que exponga partes intimas sin orden judicial puede anularse. El respeto a dignidad es mandatorio.
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