CMPP

Artículo 205. Reglas de supervicion de obligaciones

Las instituciones medicas militares y navales informan a la unidad administrativa de supervision sobre el cumplimiento de obligaciones de la suspension condicional del proceso.

supervicionsuspension condicionalobligacionesinstituciones medicas

Texto Legal

Reglas para las obligaciones de la suspensión condicional del proceso Para el seguimiento de las obligaciones previstas en el artículo 192, fracciones III y IV, las instituciones médicas militares y navales designadas por el Órgano jurisdiccional militar, informarán a la unidad administrativa de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso sobre su cumplimiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece el mecanismo de seguimiento de obligaciones medicas. Es importante que los imputados sujetos a suspension condicional mantengan comunicacion con las instituciones designadas para evitar reportes de incumplimiento injustificado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 205 del CMPP?

Las instituciones medicas militares y navales informan a la unidad administrativa de supervision sobre el cumplimiento de obligaciones de la suspension condicional del proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 205 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Este articulo establece el mecanismo de seguimiento de obligaciones medicas. Es importante que los imputados sujetos a suspension condicional mantengan comunicacion con las instituciones designadas para evitar reportes de incumplimiento injustificado.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 205 del CMPP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 205 CMPP desde tu celular