CMPP

Artículo 185. Oportunidad Acuerdos Reparatorios

Acuerdos reparatorios proceden desde presentacion de denuncia hasta antes del auto de apertura de juicio. El Juez de control puede suspender proceso hasta treinta dias para facilitarlos.

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Texto Legal

Procedencia Los acuerdos reparatorios procederán desde la presentación de la denuncia o que hasta antes de decretarse el auto de apertura de juicio. El Juez de control, a petición de las partes, podrá suspender el proceso penal hasta por treinta días para que las partes puedan concretar el acuerdo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La ventana temporal es amplia (desde denuncia hasta apertura de juicio), lo que ofrece flexibilidad. Los treinta dias adicionales de suspension son utiles para negociaciones, pero deben ser solicitados explicitamente por las partes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 185 del CMPP?

Acuerdos reparatorios proceden desde presentacion de denuncia hasta antes del auto de apertura de juicio. El Juez de control puede suspender proceso hasta treinta dias para facilitarlos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 185 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

La ventana temporal es amplia (desde denuncia hasta apertura de juicio), lo que ofrece flexibilidad. Los treinta dias adicionales de suspension son utiles para negociaciones, pero deben ser solicitados explicitamente por las partes.

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