Juez de Control aplica criterio de minima intervencion considerando argumentos de partes evaluacion de riesgo especializada y debe justificar en resolucion por que la medida es menos lesiva para imputado.
Proporcionalidad El Juez de control, al imponer una o varias de las medidas cautelares previstas en este Código, deberá tomar en consideración los argumentos que las partes ofrezcan o la justificación que el Ministerio Público realice, aplicando el criterio de mínima intervención según las circunstancias particulares de cada persona, en términos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Constitución.
Para determinar la idoneidad y proporcionalidad de la medida, se podrá tomar en consideración el análisis de evaluación de riesgo realizado por personal especializado en la materia, de manera objetiva, imparcial y neutral en términos de la legislación aplicable.
En la resolución respectiva, el Juez de control deberá justificar las razones por las que la medida cautelar impuesta es la que resulta menos lesiva para el imputado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Principio constitucional del articulo 19 aplicado a medidas. Reforma 2025 anade evaluacion de riesgo por personal especializado. Abogados defensores deben ofrecer contra-evaluaciones de riesgo para cuestionar medidas propuestas.
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