El procedimiento penal respeta derecho a intimidad de intervinientes y protege informacion sobre vida privada y datos personales, conforme a Constitucion y legislacion aplicable.
Derecho a la intimidad y a la privacidad En el procedimiento penal militar se respetará el derecho a la intimidad de quien intervenga en él, asimismo se protegerá la información que se refiere a la vida privada y los datos personales, en los términos y con las excepciones que fijan la Constitución, este Código y la legislación aplicable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Limita publicidad en ciertos temas sensibles; Tribunal puede ordenar privacidad en asuntos de vida sexual, familiar o medica del imputado. Abogados pueden solicitar proteccion de datos personales del cliente durante audiencias.
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Art. 14. Prohibicion de doble enjuiciamiento
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