El MP o victima pueden solicitar al Juez de Control embargo de bienes o inmovilizacion de valores si hay probabilidad de responsabilidad civil y reparacion de daano. Pueden revisarse o cancelarse bajo ciertas condiciones.
Providencias precautorias para la restitución de derechos de la víctima Para garantizar la reparación del daño, la víctima, el ofendido o el Ministerio Público, podrán solicitar al Juzgado Militar de Control las siguientes providencias precautorias: Párrafo reformado DOF 16-07-2025
I. El embargo de bienes.
II. La inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero.
Dicho órgano jurisdiccional decretará las providencias precautorias, siempre y cuando, de los datos de prueba expuestos por el Ministerio Público y la víctima u ofendido, se desprenda la posible reparación del daño y la probabilidad de que el imputado será responsable de repararlo. Párrafo reformado DOF 16-07-2025
Decretada la providencia precautoria, podrá revisarse, modificarse, sustituirse o cancelarse a petición de la persona militar imputada o de las personas terceras interesadas, debiéndose escuchar a la víctima o persona ofendida y al Ministerio Público. Párrafo reformado DOF 16-07-2025
Las providencias precautorias serán canceladas si el imputado garantiza o paga la reparación del daño; si fueron decretadas antes de la audiencia inicial y el Ministerio Público no las promueve, o no solicita orden de aprehensión en el término que señala este Código; si se declara fundada la solicitud de cancelación de embargo planteada por la persona en contra de la cual se decretó o de un tercero, o si se dicta sentencia absolutoria, se decreta el sobreseimiento o se absuelve de la reparación del daño.
La providencia precautoria se hará efectiva a favor de la víctima u ofendido cuando la sentencia que condene a reparar el daño cause ejecutoria. El embargo se regirá en lo conducente por las reglas generales del embargo previstas en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Párrafo reformado DOF 14-11-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Estas providencias afectan patrimonio del imputado antes de sentencia. Pueden cancelarse si imputado garantiza reparacion o si MP no promueve accion en tiempo. Monitora continuamente si persisten sin justificacion.
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