CMPP

Artículo 125. Deber de lealtad y veracidad

El Ministerio Publico debe actuar con apego a la Constitucion y divulgar toda informacion favorable a las partes, incluyendo prueba que no incorpore al procedimiento, salvo reserva legal autorizada.

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Texto Legal

Deber de lealtad El Ministerio Público deberá actuar durante todas las etapas del procedimiento en las que intervenga con absoluto apego a lo previsto en la Constitución, en este Código y en la demás legislación aplicable.

El Ministerio Público deberá proporcionar información veraz sobre los hechos, sobre los hallazgos en la investigación y tendrá el deber de no ocultar a los intervinientes elemento alguno que pudiera resultar favorable para la posición que ellos asumen, sobre todo cuando resuelva no incorporar alguno de esos elementos al procedimiento, salvo la reserva que en determinados casos la ley autorice en las investigaciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta norma crea una obligacion de transperencia vital. Si el MP oculta prueba exculpatoria, puede incurrir en violacion de derechos procesales. Documentar solicitudes de informacion y respuestas es critico para impugnar omisiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 125 del CMPP?

El Ministerio Publico debe actuar con apego a la Constitucion y divulgar toda informacion favorable a las partes, incluyendo prueba que no incorpore al procedimiento, salvo reserva legal autorizada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 125 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Esta norma crea una obligacion de transperencia vital. Si el MP oculta prueba exculpatoria, puede incurrir en violacion de derechos procesales. Documentar solicitudes de informacion y respuestas es critico para impugnar omisiones.

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