Establece los montos de las multas aplicables a los usuarios de servicios financieros que cometan las infracciones previstas en el artículo 84-C, relacionadas con la omisión o falsedad de datos ante instituciones de crédito.
A quienes cometan las infracciones señaladas en el artículo 84-C de este Código, se les impondrán las siguientes multas:
De $490 a $7,060 a las comprendidas en la fracción I del artículo 84-C, por cada cuenta o servicio respecto del cual no se proporcione la clave del RFC.
De $4,560 a $13,680 a las comprendidas en la fracción II del artículo 84-C, por cada ocasión en que se proporcionen datos falsos, sin perjuicio de la responsabilidad penal correspondiente.
De $1,120 a $3,340 a las comprendidas en la fracción III del artículo 84-C, por cada cambio de datos no notificado.
De $2,000 a $6,000 a las comprendidas en la fracción IV del artículo 84-C, por cada solicitud de información no atendida.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las multas para usuarios financieros van de $490 a $13,680 dependiendo de la infraccion. Proporcionar datos falsos al banco tiene la multa mas alta y puede derivar en responsabilidad penal. Mantener actualizado tu RFC, domicilio y demas datos ante tus instituciones financieras es una obligacion de bajo costo que evita sanciones innecesarias.
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