No se exige exhibicion de documentos con caracteristicas genericas. Tribunales nacionales no pueden ordenar inspeccion de archivos no publicos, salvo casos permitidos por leyes nacionales. Protege privacidad.
La obligación de exhibir documentos y cosas en procesos que se sigan en el extranjero no comprenderá la de exhibir documentos o copias de documentos identificados por características genéricas.
En ningún caso podrá un tribunal nacional ordenar ni llevar a cabo la inspección general de archivos que no sean de acceso al público, salvo en los casos permitidos por las leyes nacionales. Artículo adicionado DOF 12-01-1988
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Salvaguarda importante contra descubrimiento excesivo en procedimientos internacionales. Limita obligacion de producir documentos genéricos y protege archivos privados, evitando invasiones de privacidad.
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