CFPC

Artículo 506. Juicio Hacienda no suspende concurso

El juicio contra Hacienda Publica Federal no suspende la tramitacion del concurso, pero los bienes concursados no pueden disponerse hasta que la sentencia de tribunales federales cause ejecutoria.

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Texto Legal

El juicio iniciado contra la Hacienda Pública Federal no suspende la tramitación del concurso; pero no podrá disponerse de los bienes concursados hasta que la sentencia de los tribunales federales cause ejecutoria.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esto crea un estado de incertidumbre: el concurso avanza pero los bienes quedan bloqueados. En la practica, significa que los acreedores ordinarios pueden esperar meses o anos para cobrar mientras se resuelve el litigio fiscal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 506 del CFPC?

El juicio contra Hacienda Publica Federal no suspende la tramitacion del concurso, pero los bienes concursados no pueden disponerse hasta que la sentencia de tribunales federales cause ejecutoria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 506 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Esto crea un estado de incertidumbre: el concurso avanza pero los bienes quedan bloqueados. En la practica, significa que los acreedores ordinarios pueden esperar meses o anos para cobrar mientras se resuelve el litigio fiscal.

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