CFPC

Artículo 505. Aseguramiento administrativo Hacienda

El aseguramiento administrativo se practica en bienes del concursado. La controversia se ventila entre Ministerio Publico y sindico del concurso conforme a las reglas del Libro Segundo.

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Texto Legal

Siempre que la Hacienda Pública Federal proceda con arreglo al artículo anterior, el aseguramiento administrativo se practicará en los bienes del concursado, y la controversia que resulte se ventilará entre el Ministerio Público y el síndico del concurso, conforme a las reglas del Libro Segundo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El Ministerio Publico actua como parte en este litigio especifico. Esto es relevante para concursos: el sindico debe estar preparado para litigar contra el fisco en materia de preferencia de creditos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 505 del CFPC?

El aseguramiento administrativo se practica en bienes del concursado. La controversia se ventila entre Ministerio Publico y sindico del concurso conforme a las reglas del Libro Segundo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 505 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

El Ministerio Publico actua como parte en este litigio especifico. Esto es relevante para concursos: el sindico debe estar preparado para litigar contra el fisco en materia de preferencia de creditos.

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