CFPC

Artículo 483. Exhibicion de contado total en posturas liquidas

Cuando toda la postura se ofrece de contado, debe exhibirse integramente en numerario o cheque certificado en el acto del remate.

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Texto Legal

Cuando el importe de las posturas y mejoras se ofrezcan de contado, debe exhibirse en numerario o en cheque certificado a favor del tribunal, en acto del remate; y, fincado éste en favor del postor que hubiere hecho la exhibición, se procederá en los términos de la parte final del artículo anterior.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las posturas de contado son mas seguras para el acreedor pues eliminan riesgos de insolvencia futura. En practica, permita tiempo al postor para obtener cheque certificado; la rigidez en el acto puede impedir posturas validas. Documente todo en acta.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 483 del CFPC?

Cuando toda la postura se ofrece de contado, debe exhibirse integramente en numerario o cheque certificado en el acto del remate.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 483 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Las posturas de contado son mas seguras para el acreedor pues eliminan riesgos de insolvencia futura. En practica, permita tiempo al postor para obtener cheque certificado; la rigidez en el acto puede impedir posturas validas. Documente todo en acta.

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