Establece que transcurrido el termino para contestar demanda o reconvencion, el tribunal abre el juicio a prueba por un termino de treinta días para desahogo de las pruebas ofrecidas.
Transcurrido el término para contestar la demanda o la reconvención, en su caso, el tribunal abrirá el juicio a prueba, por un término de treinta días.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La apertura a prueba es automatica tras vencer el termino de contestación. Los treinta dias constituyen el termino general para desahogar pruebas; este es un punto critico donde ambas partes deben actuar diligentemente para presentar testigos y peritos.
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