El articulo 302 ha sido derogado, lo que implica que ya no tiene validez legal. Esta derogacion fue publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 12 de enero de 1988.
(Se deroga). Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943. Derogado DOF 12-01-1988
CAPITULO III Notificaciones
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La derogacion de articulos puede afectar la interpretacion de otros articulos relacionados. Es importante revisar el contexto legal completo para entender las implicaciones de esta derogacion.
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Art. 301. Legalizacion de firmas en exhortos
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Art. 303. Oportunidad de notificaciones y emplazamientos
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