Dispone que cuando en un lugar haya dos o mas tribunales federales competentes, sera competente el que elija el actor.
Cuando, en el lugar en que haya de seguirse el juicio, hubiere dos a más tribunales federales, será competente el que elija el actor.
SECCION CUARTA De las competencias entre los tribunales federales y los de los Estados
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Otorga ventaja procesal al demandante en casos de multiples tribunales federales competentes. El actor puede elegir estrategicamente, pero debe elegir correctamente; cambios posteriores pueden reclamarse como error.
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Art. 28. Competencia entre tribunales federales
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Art. 30. Resolucion de competencias entre tribunales
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