Establece que las resoluciones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia en juicios de unica instancia no admiten recurso alguno. Esta disposicion cierra definitivamente la posibilidad de impugnacion en tales casos.
En los juicios de que conozca la Suprema Corte de Justicia en única instancia, ninguna resolución del Pleno admitirá recurso.
TITULO SEPTIMO Actos Procesales en General
CAPITULO I Formalidades judiciales
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo fundamental para entender la finitud de los procedimientos ante SCJN. Util para asesorar clientes sobre agotamiento de recursos cuando SCJN resuelve en unica instancia; revisa si la cuestion es materia de unica o doble instancia.
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Art. 268. Sentencia definitiva pendiente recurso
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Art. 270. Flexibilidad en forma de actuaciones
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