Declara nulo de pleno derecho todo lo actuado por tribunal declarado incompetente, salvo disposicion legal contraria. En incompetencia superveniente, la nulidad rige solo a partir del momento en que sobrevino.
Es nulo de pleno derecho lo actuado por el tribunal que fuere declarado incompetente, salva disposición contraria a la ley.
CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Código Abrogado DOF 07-06-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
En los casos de incompetencia superveniente, la nulidad sólo opera a partir del momento en que sobrevino la incompetencia. Fe de erratas al párrafo DOF 13-03-1943
No obstante esta nulidad, las partes pueden convenir en reconocer como válidas todas o algunas de las actuaciones practicadas por el tribunal declarado incompetente.
SECCION PRIMERA Competencia por materia
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Sancion severa contra procedimientos en tribunal incompetente. Las partes pueden convalidar las actuaciones por mutuo acuerdo; los abogados deben detectar incompetencias temprano para evitar nulidades globales.
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