Si el absolvente esta ausente, se libra exhorto o despacho con pliego cerrado sellado conteniendo preguntas. El tribunal califica las preguntas y remite copia autorizada con el exhorto. Cambios de domicilio tras citacion no tienen efecto.
Si el que deba absolver las posiciones estuviere ausente, aun cuando tenga casa señalada para recibir notificaciones, se librará el correspondiente exhorto o despacho, acompañado, en sobre cerrado y sellado, el pliego en que consten las preguntas. En este caso, se abrirá el pliego, y, calificadas las preguntas, se sacará copia de las que fueren aprobadas, la cual se guardará en el secreto del tribunal, debidamente autorizada, remitiéndose el original con el exhorto o despacho, para que se haga el examen al tenor de las posiciones que hubiere aprobado el tribunal del juicio. Si el interesado
CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Código Abrogado DOF 07-06-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
ignorare el lugar en que se encuentre el absolvente, la citación se hará por edictos, y, además, en el domicilio señalado. Fe de erratas al párrafo DOF 13-03-1943
Cuando, quien haya de absolver posiciones, haya sido ya citado para ello, cualquier cambio de domicilio o de residencia a población distinta de la en que fue citado, no surte efecto alguno, sino que habrá de absolver las posiciones ante el tribunal que lo citó.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La tramitacion por exhorto es lenta pero necesaria. Las partes deben presentar prueba del domicilio con anticipacion para facilitar ubicacion del absolvente y evitar diligencias fallidas.
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