Tribunales de Juicio Oral ubicados en plazas con prision militar, integrados por dos personas juzgadoras licenciadas, una persona juzgadora de arma, secretarias y personal administrativo. Estructura de colegiado para juicio oral.
Bis.- Habrá un Tribunal Militar de Juicio Oral, cuando menos en cada una de las plazas
en que se encuentre establecida una prisión militar, con la jurisdicción que determine la Secretaría de la
Defensa Nacional, cuya integración será de la forma siguiente:
Párrafo reformado DOF 16-07-2025
I.- Dos Personas Juzgadoras pertenecientes al Servicio de Justicia Militar o Naval Licenciados en
Derecho, fungiendo como Presidente el de mayor jerarquía y en caso de igualdad, el de mayor
antigüedad.
Fracción reformada DOF 16-07-2025
II.- Una Persona Juzgadora de Arma del Ejército o Fuerza Aérea o su equivalente en la Armada.
Fracción reformada DOF 16-07-2025
III.- Las personas secretarias que las necesidades del servicio requieran.
Fracción reformada DOF 16-07-2025
IV.- Una persona administradora de la sala de audiencias.
Fracción reformada DOF 16-07-2025
V.- El personal subalterno que las necesidades del servicio requieran.
En los lugares en que existan dos o más órganos de administración de la Justicia Militar que
compartan una única Sala, se podrá designar un administrador común de Sala de audiencias y un
administrador auxiliar.
Artículo adicionado DOF 16-05-2016
CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Estructura central para juicios orales militares, reformado en 2025 con cambio de lenguaje a 'personas juzgadoras'. Conocer integracion del tribunal es critico para estrategia de litigio oral.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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