Articulo derogado mediante reforma publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 16 de mayo de 2016. Esta derogacion forma parte de la reforma integral del Codigo de Justicia Militar.
(Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo ya no tiene vigencia legal. Para fines de archivos historicos o investigacion legal, debe consultarse la version anterior a la reforma de 2016. Recomendamos verificar la normativa vigente aplicable a la materia que originalmente trataba este articulo.
Anterior
Art. 785. Articulo derogado jurisdiccion militar
Siguiente
Art. 787. Articulo derogado con fe de erratas
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo