CJM

Artículo 725. Articulo derogado competencia

Articulo derogado el 16 de mayo de 2016. Formaba parte del capitulo de competencia en materia de incidentes, ahora eliminado.

codigo de justicia militarderogadocompetenciaincidentes

Texto Legal

(Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Integro el capitulo II sobre competencia en incidentes, completamente derogado. Las reglas de competencia fueron reubicadas en la estructura normativa vigente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 725 del CJM?

Articulo derogado el 16 de mayo de 2016. Formaba parte del capitulo de competencia en materia de incidentes, ahora eliminado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 725 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Integro el capitulo II sobre competencia en incidentes, completamente derogado. Las reglas de competencia fueron reubicadas en la estructura normativa vigente.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 725 del CJM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 725 CJM desde tu celular