CJM

Artículo 404. Uso uniforme insignias distintivos no autorizado

Sanciona con cuatro meses de prision usar publicamente uniforme, insignias o condecoraciones militares sin autorizacion, o atribuirse grados no correspondientes.

suplantacionuniformes militaresuso indebidogrados militares

Texto Legal

Al que lleve públicamente uniforme, insignias, distintivos o condecoraciones militares, que no esté legítimamente autorizado para usar, o se atribuya grados o empleos del Ejército o de la Armada, que no le correspondan, se le sancionará con la pena de cuatro meses de prisión. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Delito de suplantacion o impostura militar. Pena relativamente leve (4 meses). Requiere uso publico y falta de legitimidad. Aplicacion comun en investigaciones de fraude.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 404 del CJM?

Sanciona con cuatro meses de prision usar publicamente uniforme, insignias o condecoraciones militares sin autorizacion, o atribuirse grados no correspondientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 404 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Delito de suplantacion o impostura militar. Pena relativamente leve (4 meses). Requiere uso publico y falta de legitimidad. Aplicacion comun en investigaciones de fraude.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 404 del CJM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 404 CJM desde tu celular