CJM

Artículo 385. Derrota de tropas en campaña

Castiga con treinta a sesenta años de prision si la infraccion de deberes causa derrota de tropas o perdida de buque o aeronave estando en campaña.

derrota militarcampañaprisionnegligencia grave

Texto Legal

Si de la infracción resultare la derrota de las tropas, o la pérdida de un buque o aeronave, estando en campaña, la pena será de treinta a sesenta años de prisión. Artículo reformado DOF 29-06-2005

CAPITULO VI Infracción de los deberes de prisioneros, evasión de éstos o de presos o detenidos y auxilio a unos y a otros para su fuga

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Pena maxima de 30-60 años, la mas grave por infracciones de deberes. Requiere tres elementos: infraccion, estar en campaña, y derrota o perdida de unidad. Reforma de 2005.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 385 del CJM?

Castiga con treinta a sesenta años de prision si la infraccion de deberes causa derrota de tropas o perdida de buque o aeronave estando en campaña.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 385 de la CÓDIGO de Justicia Militar?

Pena maxima de 30-60 años, la mas grave por infracciones de deberes. Requiere tres elementos: infraccion, estar en campaña, y derrota o perdida de unidad. Reforma de 2005.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 385 del CJM?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 385 CJM desde tu celular