Los menores de edad pueden ejercer el comercio cuando esten debidamente autorizados conforme a las leyes civiles, y se inscribira la autorizacion en el Registro Publico.
Los menores de edad pueden ejercer el comercio cuando esten debidamente autorizados conforme a las leyes civiles, y se inscribira la autorizacion en el Registro Publico.
Esta disposicion forma parte del regimen general de los comerciantes y los actos de comercio establecido en el Libro Primero del Codigo de Comercio, que define quienes son comerciantes y cuales son sus obligaciones.
La calidad de comerciante tiene consecuencias juridicas y fiscales directas: determina la legislacion aplicable a las operaciones, las obligaciones de contabilidad, registro y documentacion, y el tratamiento fiscal de las actividades realizadas.
El cumplimiento de las obligaciones mercantiles es fundamental para la seguridad juridica de las operaciones comerciales y puede tener implicaciones en procedimientos fiscales cuando la autoridad verifica la materialidad de las operaciones conforme al articulo 69-B del CFF.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV Asesores, la posibilidad de que menores autorizados ejerzan el comercio tiene implicaciones para empresas familiares donde se busca incorporar a la siguiente generacion. La autorizacion debe inscribirse en el Registro Publico de Comercio para surtir efectos frente a terceros. En la practica empresarial, es mas comun que los menores participen como accionistas a traves de sus representantes legales que como comerciantes individuales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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