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Artículo 641. Disposiciones del comercio maritimo

El comercio maritimo se rige por las disposiciones de este Codigo, los tratados internacionales y las leyes especiales aplicables.

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Texto Legal

Articulo 641 — Disposiciones del comercio maritimo

El comercio maritimo se rige por las disposiciones de este Codigo, los tratados internacionales y las leyes especiales aplicables.

Las disposiciones del Codigo de Comercio sobre comercio maritimo han sido en gran medida sustituidas por la Ley de Navegacion y Comercio Maritimos, que regula de manera especial y detallada esta materia.

El comercio maritimo tiene particular importancia para las empresas dedicadas a la importacion y exportacion de mercancias, pues el transporte maritimo es el principal medio de movilizacion de bienes en el comercio internacional.

Para SDV Asesores, las operaciones de comercio maritimo tienen implicaciones fiscales y aduaneras especificas, incluyendo el pago de impuestos de importacion, IVA, y el cumplimiento de regulaciones no arancelarias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, las disposiciones del comercio maritimo del Codigo de Comercio han sido en gran medida superadas por la Ley de Navegacion y Comercio Maritimos. Sin embargo, el Codigo mantiene relevancia como marco supletorio para operaciones maritimas no reguladas por la ley especial. Las empresas de comercio exterior que utilizan transporte maritimo deben conocer ambas normativas para proteger sus intereses en operaciones de importacion y exportacion de mercancias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 641 del CCom?

El comercio maritimo se rige por las disposiciones de este Codigo, los tratados internacionales y las leyes especiales aplicables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 641 de la Codigo de Comercio?

Para SDV Asesores, las disposiciones del comercio maritimo del Codigo de Comercio han sido en gran medida superadas por la Ley de Navegacion y Comercio Maritimos. Sin embargo, el Codigo mantiene relevancia como marco supletorio para operaciones maritimas no reguladas por la ley especial. Las empresas de comercio exterior que utilizan transporte maritimo deben conocer ambas normativas para proteger sus intereses en operaciones de importacion y exportacion de mercancias.

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