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Artículo 48. Corredores publicos

Los corredores publicos son agentes auxiliares del comercio que actuan como intermediarios y dan fe publica de actos mercantiles.

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Texto Legal

Articulo 48 — Corredores publicos

Los corredores publicos son agentes auxiliares del comercio que actuan como intermediarios y dan fe publica de actos mercantiles.

Las obligaciones de los comerciantes establecidas en este capitulo del Codigo de Comercio son complementarias a las obligaciones fiscales previstas en el Codigo Fiscal de la Federacion y en las leyes tributarias especiales.

El cumplimiento de las obligaciones de contabilidad, registro y conservacion de documentos es fundamental tanto para la operacion comercial como para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las empresas.

La falta de cumplimiento de estas obligaciones mercantiles puede generar presunciones adversas en juicios mercantiles y procedimientos de fiscalizacion, por lo que SDV Asesores recomienda su cumplimiento estricto y oportuno.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, los corredores publicos como intermediarios con fe publica son una alternativa eficiente a los notarios para la formalizacion de actos mercantiles. La fe publica del corredor es equivalente a la del notario en materia comercial, otorgando certeza juridica a los actos formalizados ante ellos. Las empresas pueden recurrir a corredores publicos para la protocolizacion de asambleas, otorgamiento de poderes y otros actos societarios con tiempos de respuesta mas agiles.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 48 del CCom?

Los corredores publicos son agentes auxiliares del comercio que actuan como intermediarios y dan fe publica de actos mercantiles.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 48 de la Codigo de Comercio?

Para SDV Asesores, los corredores publicos como intermediarios con fe publica son una alternativa eficiente a los notarios para la formalizacion de actos mercantiles. La fe publica del corredor es equivalente a la del notario en materia comercial, otorgando certeza juridica a los actos formalizados ante ellos. Las empresas pueden recurrir a corredores publicos para la protocolizacion de asambleas, otorgamiento de poderes y otros actos societarios con tiempos de respuesta mas agiles.

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