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Artículo 375. Recepcion de la mercancia

El comprador debera examinar las mercancias al recibirlas y manifestar su inconformidad dentro del plazo establecido.

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Texto Legal

Articulo 375 — Recepcion de la mercancia

El comprador debera examinar las mercancias al recibirlas y manifestar su inconformidad dentro del plazo establecido.

La compraventa mercantil es el contrato comercial mas comun y su regulacion en el Codigo de Comercio establece reglas especificas que complementan las disposiciones generales del Codigo Civil Federal.

La distincion entre compraventa civil y mercantil tiene consecuencias practicas importantes: la compraventa mercantil se rige por el proposito de especulacion comercial y esta sujeta a plazos mas breves para la reclamacion de vicios y defectos.

Para las empresas, la correcta documentacion de las operaciones de compraventa es esencial tanto para la seguridad juridica como para el cumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo la emision de CFDI y la determinacion del IVA aplicable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, la obligacion del comprador de examinar las mercancias al recibirlas y manifestar inconformidades dentro del plazo legal es una regla de caducidad que puede extinguir el derecho de reclamacion. Las empresas compradoras deben implementar procedimientos de inspeccion y recepcion de mercancias que permitan detectar y documentar oportunamente cualquier defecto o discrepancia. El incumplimiento de esta obligacion puede impedir reclamaciones posteriores por vicios aparentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 375 del CCom?

El comprador debera examinar las mercancias al recibirlas y manifestar su inconformidad dentro del plazo establecido.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 375 de la Codigo de Comercio?

Para SDV Asesores, la obligacion del comprador de examinar las mercancias al recibirlas y manifestar inconformidades dentro del plazo legal es una regla de caducidad que puede extinguir el derecho de reclamacion. Las empresas compradoras deben implementar procedimientos de inspeccion y recepcion de mercancias que permitan detectar y documentar oportunamente cualquier defecto o discrepancia. El incumplimiento de esta obligacion puede impedir reclamaciones posteriores por vicios aparentes.

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