CCom

Artículo 372. Perfeccion de la compraventa mercantil

La compraventa mercantil se perfecciona por el mero consentimiento de las partes sobre la cosa y el precio.

perfeccionconsentimientocosa-precio

Texto Legal

Articulo 372 — Perfeccion de la compraventa mercantil

La compraventa mercantil se perfecciona por el mero consentimiento de las partes sobre la cosa y el precio.

La compraventa mercantil es el contrato comercial mas comun y su regulacion en el Codigo de Comercio establece reglas especificas que complementan las disposiciones generales del Codigo Civil Federal.

La distincion entre compraventa civil y mercantil tiene consecuencias practicas importantes: la compraventa mercantil se rige por el proposito de especulacion comercial y esta sujeta a plazos mas breves para la reclamacion de vicios y defectos.

Para las empresas, la correcta documentacion de las operaciones de compraventa es esencial tanto para la seguridad juridica como para el cumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo la emision de CFDI y la determinacion del IVA aplicable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores senala que la perfeccion de la compraventa mercantil por el mero consentimiento sobre cosa y precio es un principio fundamental del derecho comercial. A diferencia de la compraventa civil de inmuebles, la mercantil no requiere formalidades adicionales para su perfeccionamiento. Las empresas deben tener presente que el acuerdo verbal sobre cosa y precio genera obligaciones vinculantes, por lo que se recomienda documentar siempre las negociaciones comerciales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 372 del CCom?

La compraventa mercantil se perfecciona por el mero consentimiento de las partes sobre la cosa y el precio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 372 de la Codigo de Comercio?

SDV Asesores senala que la perfeccion de la compraventa mercantil por el mero consentimiento sobre cosa y precio es un principio fundamental del derecho comercial. A diferencia de la compraventa civil de inmuebles, la mercantil no requiere formalidades adicionales para su perfeccionamiento. Las empresas deben tener presente que el acuerdo verbal sobre cosa y precio genera obligaciones vinculantes, por lo que se recomienda documentar siempre las negociaciones comerciales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 372 del CCom?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 372 CCom desde tu celular