Los actos inscritos en el Registro Publico de Comercio producen efectos contra terceros a partir de la fecha de su inscripcion.
Los actos inscritos en el Registro Publico de Comercio producen efectos contra terceros a partir de la fecha de su inscripcion.
Esta disposicion forma parte del regimen general de los comerciantes y los actos de comercio establecido en el Libro Primero del Codigo de Comercio, que define quienes son comerciantes y cuales son sus obligaciones.
La calidad de comerciante tiene consecuencias juridicas y fiscales directas: determina la legislacion aplicable a las operaciones, las obligaciones de contabilidad, registro y documentacion, y el tratamiento fiscal de las actividades realizadas.
El cumplimiento de las obligaciones mercantiles es fundamental para la seguridad juridica de las operaciones comerciales y puede tener implicaciones en procedimientos fiscales cuando la autoridad verifica la materialidad de las operaciones conforme al articulo 69-B del CFF.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV Asesores, la regla de que los actos inscritos producen efectos contra terceros desde la fecha de inscripcion determina el momento a partir del cual la informacion es oponible. En disputas comerciales, la fecha de inscripcion puede ser determinante para establecer la prioridad de derechos entre terceros. Las empresas deben asegurar que sus actos mas relevantes se inscriban oportunamente para proteger su posicion frente a terceros de buena fe.
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