CCF

Artículo 790. De la posesion

Es poseedor de una cosa el que ejerce sobre ella un poder de hecho. Posee un derecho el que goza de el. Define la posesion como un hecho juridico protegido por la ley.

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Texto Legal

Articulo 790. Es poseedor de una cosa el que ejerce sobre ella un poder de hecho. Posee un derecho el que goza de el. Define la posesion como un hecho juridico protegido por la ley.

La posesion es un concepto juridico fundamental que protege a quien ejerce un poder de hecho sobre una cosa, independientemente de si es o no el propietario. La ley protege la posesion para mantener la paz social y la seguridad juridica.

En el ambito empresarial, la posesion es relevante para la operacion de activos arrendados, bienes en fideicomiso, inventarios en consignacion y otros esquemas donde la empresa utiliza bienes de los que no es propietaria.

La distincion entre posesion de buena fe y de mala fe tiene consecuencias importantes para la adquisicion de derechos por prescripcion, el derecho a los frutos y la responsabilidad por el deterioro de los bienes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores senala que la posesion como poder de hecho sobre una cosa protege a las empresas que utilizan bienes de los que no son propietarias, como arrendatarios o comodatarios. La proteccion posesoria permite a las empresas defender judicialmente su derecho a permanecer en inmuebles arrendados o a conservar bienes entregados en garantia. Es fundamental documentar adecuadamente el titulo que origina la posesion para acreditar la buena fe.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 790 del CCF?

Es poseedor de una cosa el que ejerce sobre ella un poder de hecho. Posee un derecho el que goza de el. Define la posesion como un hecho juridico protegido por la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 790 de la Codigo Civil?

SDV Asesores senala que la posesion como poder de hecho sobre una cosa protege a las empresas que utilizan bienes de los que no son propietarias, como arrendatarios o comodatarios. La proteccion posesoria permite a las empresas defender judicialmente su derecho a permanecer en inmuebles arrendados o a conservar bienes entregados en garantia. Es fundamental documentar adecuadamente el titulo que origina la posesion para acreditar la buena fe.

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