CCF

Artículo 325. Presuncion de paternidad

Se presumen hijos del marido los nacidos despues de ciento ochenta dias contados desde la celebracion del matrimonio y los nacidos dentro de los trescientos dias siguientes a la disolucion del mismo.

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Texto Legal

Articulo 325. Se presumen hijos del marido los nacidos despues de ciento ochenta dias contados desde la celebracion del matrimonio y los nacidos dentro de los trescientos dias siguientes a la disolucion del mismo.

La filiacion es la relacion juridica que vincula a padres e hijos y genera derechos y obligaciones reciprocos, incluyendo alimentos, herencia y patria potestad.

En el contexto empresarial y de planeacion patrimonial, la filiacion determina quienes son los herederos legitimos y tiene implicaciones directas en la sucesion de empresas familiares, la transmision de acciones y la continuidad de los negocios.

La correcta determinacion de la filiacion es esencial para la planeacion sucesoria empresarial, pues define los derechos hereditarios sobre participaciones sociales, acciones y demas bienes que forman parte del patrimonio empresarial familiar.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, los plazos de presuncion de paternidad (180 dias despues del matrimonio y 300 dias tras su disolucion) son relevantes para determinar la filiacion y los derechos hereditarios. En casos de sucesion empresarial, la filiacion puede disputarse dentro de estos plazos, lo cual afecta la distribucion de participaciones societarias. Es importante considerar estos terminos en la planeacion patrimonial y testamentaria de empresarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 325 del CCF?

Se presumen hijos del marido los nacidos despues de ciento ochenta dias contados desde la celebracion del matrimonio y los nacidos dentro de los trescientos dias siguientes a la disolucion del mismo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 325 de la Codigo Civil?

Para SDV Asesores, los plazos de presuncion de paternidad (180 dias despues del matrimonio y 300 dias tras su disolucion) son relevantes para determinar la filiacion y los derechos hereditarios. En casos de sucesion empresarial, la filiacion puede disputarse dentro de estos plazos, lo cual afecta la distribucion de participaciones societarias. Es importante considerar estos terminos en la planeacion patrimonial y testamentaria de empresarios.

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