Se tiene derecho de designar un domicilio convencional para el cumplimiento de determinadas obligaciones contractuales.
Articulo 31. Se tiene derecho de designar un domicilio convencional para el cumplimiento de determinadas obligaciones contractuales.
El domicilio es un atributo fundamental de la personalidad que determina el lugar donde una persona es localizable para efectos juridicos, incluyendo la competencia de los tribunales y el cumplimiento de obligaciones.
Para las empresas, la determinacion correcta del domicilio tiene implicaciones fiscales directas, pues el domicilio fiscal debe coincidir con el domicilio real de la administracion del negocio conforme al articulo 10 del Codigo Fiscal de la Federacion.
La eleccion o cambio de domicilio puede afectar la jurisdiccion aplicable en caso de controversias, asi como las obligaciones registrales y fiscales de la persona fisica o moral.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores destaca que el domicilio convencional permite a las partes designar un lugar especifico para el cumplimiento de obligaciones contractuales. En la contratacion empresarial, es practica comun establecer un domicilio convencional que determine la competencia judicial y el lugar de cumplimiento. Se recomienda incluir esta clausula en todos los contratos para evitar controversias sobre jurisdiccion y lugar de pago.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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