CCF

Artículo 1796. Clausula rebus sic stantibus

Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquellos que deben revestir una forma establecida por la ley.

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Texto Legal

Articulo 1796. Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquellos que deben revestir una forma establecida por la ley.

Esta disposicion forma parte del regimen general de los contratos establecido en el Libro Cuarto del Codigo Civil Federal, que regula las obligaciones y los acuerdos de voluntades entre particulares.

Las reglas generales sobre contratos del CCF son aplicables supletoriamente a los contratos mercantiles conforme al articulo 2 del Codigo de Comercio, lo que las hace relevantes para toda la actividad empresarial.

Para SDV Asesores, el conocimiento profundo del regimen contractual civil es esencial para la correcta estructuracion de operaciones comerciales, la redaccion de contratos y la resolucion de controversias contractuales que puedan tener implicaciones fiscales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores destaca que el principio de obligatoriedad contractual (pacta sunt servanda) establece que los contratos legalmente celebrados son ley entre las partes. En la asesoria empresarial, este principio es la base para exigir el cumplimiento de las obligaciones pactadas. Las empresas deben ser rigurosas en la negociacion y redaccion de contratos, pues una vez celebrados, las partes quedan obligadas a cumplir sus terminos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1796 del CCF?

Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquellos que deben revestir una forma establecida por la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1796 de la Codigo Civil?

SDV Asesores destaca que el principio de obligatoriedad contractual (pacta sunt servanda) establece que los contratos legalmente celebrados son ley entre las partes. En la asesoria empresarial, este principio es la base para exigir el cumplimiento de las obligaciones pactadas. Las empresas deben ser rigurosas en la negociacion y redaccion de contratos, pues una vez celebrados, las partes quedan obligadas a cumplir sus terminos.

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