CC

Artículo 964. Paso de aguas por predio vecino

El propietario no puede hacer que las aguas de su predio discurran en propiedades vecinas, salvo pacto distinto, lo que protege los derechos de los vecinos.

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Texto Legal

Paso de aguas por predio vecino El propietario no puede hacer que las aguas correspondientes al predio discurran en los predios vecinos, salvo pacto distinto. Ver jurisprudencia aquí . Subcapítulo III: Derechos del propietario

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental establecer acuerdos claros sobre el manejo de aguas para evitar conflictos y posibles demandas por daños a propiedades vecinas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 964 del CC?

El propietario no puede hacer que las aguas de su predio discurran en propiedades vecinas, salvo pacto distinto, lo que protege los derechos de los vecinos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 964 de la CC?

Es fundamental establecer acuerdos claros sobre el manejo de aguas para evitar conflictos y posibles demandas por daños a propiedades vecinas.

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