Los acreedores del causante tienen preferencia sobre los acreedores de los herederos para el pago de deudas con cargo a la masa hereditaria. Este articulo establece un orden de pagos en la sucesión.
Preferencia de pago de acreedores del causante Los acreedores del causante tienen preferencia respecto a los acreedores de los herederos para ser pagados con cargo a la masa hereditaria. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los herederos deben ser conscientes de esta preferencia para planificar adecuadamente sus finanzas, ya que las deudas del causante pueden consumir gran parte de la herencia.
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Art. 871. Deudas sobre la masa hereditaria
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Art. 873. Pago de deudas antes de la partición
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