CC

Artículo 871. Deudas sobre la masa hereditaria

Mientras la herencia es indivisa, las deudas del causante son responsabilidad de la masa hereditaria, pero tras la partición, cada heredero responde según su cuota. Este articulo regula la responsabilidad de los herederos.

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Texto Legal

Deudas que recaen sobre la masa hereditaria Mientras la herencia permanece indivisa, la obligación de pagar las deudas del causante gravita sobre la masa hereditaria; pero hecha la partición, cada uno de los herederos responde de esas deudas en proporción a su cuota hereditaria. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que los herederos conozcan las deudas del causante para evitar sorpresas y asegurar que su parte de la herencia no se vea afectada por estas obligaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 871 del CC?

Mientras la herencia es indivisa, las deudas del causante son responsabilidad de la masa hereditaria, pero tras la partición, cada heredero responde según su cuota. Este articulo regula la responsabilidad de los herederos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 871 de la CC?

Es fundamental que los herederos conozcan las deudas del causante para evitar sorpresas y asegurar que su parte de la herencia no se vea afectada por estas obligaciones.

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