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Artículo 784. Albaceazgo por personas jurídicas

Las personas jurídicas pueden ser nombradas albaceas si están autorizadas por ley. Esto amplía las opciones para el testador en la administración de su herencia.

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Texto Legal

Albaceazgo por personas jurídicas Pueden ser albaceas las personas jurídicas autorizadas por ley o por su estatuto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Permitir que personas jurídicas actúen como albaceas puede ofrecer una gestión más profesional y eficiente de la herencia, pero requiere asegurarse de que estén debidamente autorizadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 784 del CC?

Las personas jurídicas pueden ser nombradas albaceas si están autorizadas por ley. Esto amplía las opciones para el testador en la administración de su herencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 784 de la CC?

Permitir que personas jurídicas actúen como albaceas puede ofrecer una gestión más profesional y eficiente de la herencia, pero requiere asegurarse de que estén debidamente autorizadas.

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