CC

Artículo 638. Consejo a favor de ausentes

Se puede formar un consejo para ejercer atribuciones en favor de ausentes, garantizando que sus derechos también sean protegidos. Esto amplía la cobertura del consejo.

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Texto Legal

Consejo a favor de ausentes También se forma consejo para que ejerza sus atribuciones en favor de los ausentes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La formación de un consejo para ausentes es una herramienta importante para asegurar que los derechos de aquellos que no pueden estar presentes sean defendidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 638 del CC?

Se puede formar un consejo para ejercer atribuciones en favor de ausentes, garantizando que sus derechos también sean protegidos. Esto amplía la cobertura del consejo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 638 de la CC?

La formación de un consejo para ausentes es una herramienta importante para asegurar que los derechos de aquellos que no pueden estar presentes sean defendidos.

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