CC

Artículo 619. Consejo de familia

Se establece la obligatoriedad de formar un consejo de familia para proteger los intereses de menores y personas incapaces. Este consejo es fundamental para la toma de decisiones en su nombre.

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Texto Legal

Procedencia de la constitución de Consejo de Familia Habrá un consejo de familia para velar por la persona e intereses de los menores y de los incapaces mayores de edad que no tengan padre ni madre. También lo habrá, aunque viva el padre o la madre en los casos que señala este Código.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La formacion de un consejo de familia es crucial para garantizar que las decisiones sobre los menores o incapaces se tomen de manera adecuada y en su mejor interes, evitando conflictos familiares.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 619 del CC?

Se establece la obligatoriedad de formar un consejo de familia para proteger los intereses de menores y personas incapaces. Este consejo es fundamental para la toma de decisiones en su nombre.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 619 de la CC?

La formacion de un consejo de familia es crucial para garantizar que las decisiones sobre los menores o incapaces se tomen de manera adecuada y en su mejor interes, evitando conflictos familiares.

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