CC

Artículo 608. Funciones del curador especial

Los curadores especialmente nombrados se encargan de la administracion de bienes de acuerdo a lo señalado por el testador o donante. Esto asegura que se cumplan las voluntades del otorgante.

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Texto Legal

Funciones del curador especial Los curadores especialmente nombrados para determinados bienes se encargarán de la administración de éstos en el tiempo y forma señalados por el testador o el donante que los designó.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si el curador no cumple con las funciones asignadas, se puede desvirtuar la voluntad del testador, generando conflictos familiares.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 608 del CC?

Los curadores especialmente nombrados se encargan de la administracion de bienes de acuerdo a lo señalado por el testador o donante. Esto asegura que se cumplan las voluntades del otorgante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 608 de la CC?

Si el curador no cumple con las funciones asignadas, se puede desvirtuar la voluntad del testador, generando conflictos familiares.

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